¿Se puede opositar siendo extranjero?

Opositar siendo extranjero

En el complejo y competitivo ámbito de las oposiciones en España, surge una pregunta recurrente entre aquellos que, siendo extranjeros, desean formar parte de la administración pública, específicamente en el área de la sanidad. La respuesta a esta interrogante está sujeta a diversos factores y condiciones, los cuales exploraremos en este artículo.


Escrito por María Fernanda Ramírez Ramos, periodista especializada en salud y redactora de INESALUD. 


Para una persona extranjera que vive en España, opositar puede ser una opción atractiva de empleo. Sin embargo, para ser parte de la administración pública, no es suficiente contar con un permiso de trabajo solamente, sino que es preciso cumplir con una serie de requisitos adicionales.

Entonces, ante la pregunta de si se puede opositar siendo extranjero, la respuesta es que sí, pero depende de varios factores. Para ser más exactos; solo algunas personas extranjeras pueden participar de las oposiciones.

¿Qué extranjeros pueden acceder al empleo público?

Uno de los elementos cruciales a considerar es la nacionalidad. Tradicionalmente, muchos procesos de oposición en España requerían que los candidatos fueran ciudadanos españoles únicamente. Sin embargo, con la implementación de la libre circulación de miembros de la Unión Europea (UE), se ha abierto un espacio para la participación de extranjeros pertenecientes a países de la UE.

Respecto a este punto, la información oficial del Ministerio de Hacienda sobre los requisitos de Nacionalidad para presentarse al empleo público y pruebas para ser funcionario, señala: 

  • "Tener la nacionalidad española.
  • También podrán participar, como personal funcionario:
    1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
    2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

No obstante, se requiere nacionalidad española para los cuerpos en los que así se establece y para aquellos puestos de trabajo que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Pública".

Por lo general, se exige contar con la nacionalidad española a las personas que desean participar en las fuerzas y cuerpos de seguridad, como la Guardia Civil, la Policía Nacional o el ejército. 

Personal laboral 

Pese a que para ser funcionario es preciso contar con los requisitos anteriormente mencionados, es posible trabajar como personal laboral con la administración pública si se cuenta con permiso de trabajo y residencia en España.

Otros requisitos

Como hemos visto, para opositar siendo extranjero es preciso contar con la nacionalidad española (incluye la doble nacionalidad), contar con nacionalidad de algún país miembro de la UE, ser cónyuge o hijo de alguna persona con nacionalidad española o de la UE o estar incluido en algún tratado internacional que permita la circulación de trabajadoras. 

No obstante, también es preciso contar con otros requisitos:

Edad

Los candidatos deben tener al menos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. En ciertos casos, se puede establecer una edad máxima diferente por ley. Para ciertos cuerpos y escalas que impliquen autoridad o riesgo para la salud, se puede exigir una edad mínima de dieciocho años.

Titulación

Los aspirantes deben poseer la titulación requerida según las bases de cada convocatoria. Aquellos con titulaciones extranjeras deben acreditar la homologación. Asimismo, es preciso que la documentación que se entrega para acreditar dicha formación, esté debidamente traducida, en caso de haber sido expedida en otro idioma, y apostillada o validada según exija cada convocatoria. 

Por esta razón, es fundamental leer en detalle las condiciones y requisitos de cada convocatoria. 

Capacidad

Es necesario contar con la capacidad funcional para realizar las tareas requeridas. Algunas convocatorias pueden incluir pruebas físicas. Asimismo, en las oposiciones puede haber plazas reservadas para personas con capacidades diversas, que serán expresadas en la convocatoria. 

Habilitación legal

No haber sido separado por expediente disciplinario de cualquier Administración Pública. No estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial. En procesos para personal funcionario, no pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. Para personal laboral, no ser fijo en el mismo grupo profesional y área funcional. Si es nacional de otro Estado, no estar inhabilitado para el acceso al empleo público en su país.

Acceso a profesiones con menores

Para roles con contacto frecuente con menores, se requiere no haber sido condenado por delitos sexuales. Se debe presentar una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales para acreditar esta condición.

En conclusión, la posibilidad de opositar siendo extranjero en España, especialmente miembro de la UE, está sujeta a la aplicación de la libre circulación y a la consideración de requisitos específicos de cada oposición. Resulta fundamental revisar detenidamente las convocatorias y las normativas vigentes para determinar la elegibilidad en función de la nacionalidad, la residencia y otros criterios particulares. Asimismo, antes de presentarse a opositar siendo extranjero, es preciso contar con la homologación o equivalencia de los títulos, según corresponda. 

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Referencias 

 

Ministerio de Hacienda. (s/f). Quién puede ser empleado público: Ministerio de Hacienda. Gob.Es. Recuperado el 15 de enero de 2024, de https://www.hacienda.gob.es/en-GB/Empleo%20Publico/Paginas/serempleadopublico.aspx

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